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La Constitución Española acaba de ser reformada por cuarta vez desde 1978. La modificación es concreta: el artículo 69.3 queda actualizado y Formentera pasa a elegir un senador propio, dejando de compartir circunscripción con Ibiza. Si preparas cualquier oposición que incluya Constitución en el temario, apunta bien las tres fechas y los tres datos que vienen a continuación.

Qué ha cambiado y en qué artículo

Se ha reformado el apartado 3 del artículo 69 de la Constitución Española, que regula cómo se eligen los senadores en las provincias insulares. Antes, Formentera e Ibiza formaban una agrupación conjunta con derecho a un único senador. Ahora, cada isla con Cabildo o Consejo Insular tiene circunscripción propia.

La nueva redacción del artículo 69.3 CE, tal y como aparece publicada en el BOE de 20 de mayo de 2026, es esta:

Artículo 69.3 CE — nueva redacción (en vigor desde el 20 de mayo de 2026)
«En las provincias insulares, cada isla con Cabildo o Consejo Insular constituirá una circunscripción a efectos de elección de Senadores, correspondiendo tres a cada una de las islas mayores —Gran Canaria, Mallorca y Tenerife— y uno a cada una de las siguientes islas: Ibiza, Formentera, Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma.»

El cambio visible respecto a la redacción anterior está en que Formentera ya no aparece unida a Ibiza con un guion (Ibiza-Formentera) sino listada por separado. De agrupación a circunscripción propia.

La cuarta reforma de la Constitución: contexto rápido

Desde que la Constitución entró en vigor en 1978, solo había sido reformada tres veces antes de esta:

ReformaArtículo modificadoQué cambióAño
1.ªArt. 13.2Sufragio pasivo de ciudadanos de la UE en elecciones municipales1992
2.ªArt. 135Principio de estabilidad presupuestaria y límite al déficit estructural2011
3.ªArt. 49Sustitución del término «disminuidos» por una redacción acorde a los derechos de las personas con discapacidad2024
4.ªArt. 69.3Formentera pasa a elegir senador propio; deja de ir unida a Ibiza2026

La reforma fue aprobada por el Congreso el 26 de marzo de 2026 y por el Senado el 22 de abril de 2026, ambas en lectura única y con la mayoría de tres quintos exigida por el artículo 167 CE. La sancionó el Rey Felipe VI el 19 de mayo de 2026 en el Palacio de la Zarzuela.

¿Hay un senador más en España o es solo una redistribución?

Esta es la pregunta que suele quedar en el aire y conviene tenerla respondida. La respuesta corta es: sí, hay un senador más de elección directa.

Para entenderlo, hay que partir de cómo funciona la composición del Senado. La Constitución distingue dos tipos de senadores:

  • Senadores de elección directa: elegidos en circunscripciones provinciales (4 por provincia peninsular), insulares y en Ceuta y Melilla. Antes de esta reforma sumaban 208.
  • Senadores de designación autonómica: elegidos por los parlamentos autonómicos (mínimo 1 por comunidad, más 1 por millón de habitantes). Su número varía según el censo; en torno a 58 en la legislatura actual.

Antes de la reforma, Ibiza y Formentera compartían circunscripción y elegían conjuntamente un senador. Con la reforma, Ibiza elige uno y Formentera elige otro. Por tanto, el número de senadores de elección directa sube de 208 a 209.

Ojo con la trampa de examen

Que haya un senador más no significa que el Senado tenga exactamente un senador más de forma permanente. El número total de senadores es variable porque los designados por las comunidades autónomas dependen del censo de población. Lo que sí es fijo es el incremento en la parte electiva directa: de 208 a 209.

Cuándo entra en vigor y cuándo se aplica en la práctica

Aquí hay un matiz que conviene separar bien, porque son dos momentos distintos:

Entrada en vigor de la reforma: el 20 de mayo de 2026, día de su publicación en el BOE. Desde esa fecha, la nueva redacción del artículo 69.3 ya forma parte del texto constitucional. Si te preguntan en un examen, la Constitución ya recoge a Formentera como circunscripción propia.

Aplicación electoral efectiva: diferida. La disposición transitoria única de la reforma establece que la creación de las circunscripciones electorales de Ibiza y Formentera queda pospuesta hasta las primeras elecciones al Senado que se celebren tras la entrada en vigor. Dicho de otro modo: la reforma ya es ley, pero Formentera elegirá su primer senador propio en las próximas generales, no antes.

Resumen del timing

La Constitución ya dice lo nuevo desde el 20 de mayo de 2026. El senador de Formentera empieza a existir en las siguientes elecciones al Senado.

Lo que tienes que actualizar en tu temario

Si llevas la Constitución en tu programa, la lista de islas con un senador propio ha cambiado. La vieja redacción hablaba de «Ibiza-Formentera» como agrupación. La nueva las lista por separado. Asegúrate de que tus apuntes recogen la redacción actual del artículo 69.3, porque una pregunta test puede ir exactamente a eso.



Lo que no se puede olvidar para el examen

  • La Constitución se ha reformado cuatro veces desde 1978.
  • El artículo modificado es el 69.3, sobre elección de senadores insulares.
  • Formentera deja de compartir circunscripción con Ibiza y elige senador propio.
  • La reforma entra en vigor el 20 de mayo de 2026 (publicación en BOE).
  • Sus efectos electorales son diferidos: se aplicarán en las próximas elecciones al Senado.
  • El número de senadores de elección directa pasa de 208 a 209.
  • Las cuatro reformas afectan a los artículos 13.2, 135, 49 y 69.3.

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Javier

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