
LPAC para opositores: guía completa de la Ley 39/2015
La Ley 39/2015 no son 133 artículos que hayan caído del cielo para fastidiarte la oposición. Es un sistema. Si entiendes primero cómo funciona, los plazos, el silencio, los actos, la nulidad y los recursos dejan de ser piezas sueltas y empiezan a encajar.
No empieces intentando memorizar la LPAC como 133 artículos independientes. Primero entiende el recorrido: quién interviene, cómo comienza el procedimiento, qué pasa mientras se tramita, cómo decide la Administración y cómo se revisa lo decidido.
Hay dos maneras bastante habituales de enfrentarse a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La primera es abrir el BOE, empezar por el artículo 1, subrayar plazos, excepciones y listas y confiar en que después de suficientes vueltas aquello termine entrando por algún sitio.
Puede funcionar. También puedes montar un armario de IKEA tirando primero las instrucciones a la basura. Alguna gente lo consigue.
La segunda opción es bastante menos dolorosa: entender primero qué te está contando la ley y memorizar después los detalles.
Para mí, la LPAC es una especie de piedra filosofal del Derecho Administrativo. No porque de ella nazca todo el Derecho administrativo —eso sería pasarnos varios pueblos—, sino porque cuando empiezas a comprenderla empiezas también a comprender cómo actúa jurídicamente una Administración: qué cauce tiene que seguir, qué derechos tiene el interesado, qué pasa si no resuelve, cuándo produce efectos un acto y qué puedes hacer si no estás de acuerdo.
La propia exposición de motivos conecta el procedimiento administrativo con el sometimiento pleno de la Administración a la Ley y al Derecho. Y esa es la idea que quiero que tengas en la cabeza durante toda esta guía. Puedes consultar siempre la Ley 39/2015 consolidada en el BOE.
Qué es la LPAC y qué regula la Ley 39/2015
LPAC son las siglas que utilizamos normalmente para referirnos a la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También verás a veces LPACAP. Estamos hablando de la misma ley.
Su artículo 1 regula, entre otras materias, los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común —incluidos el sancionador y el de responsabilidad patrimonial— y los principios a los que debe ajustarse el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria.
Traducido: aquí vas a estudiar buena parte de las reglas que explican cómo se relaciona jurídicamente la Administración con las personas y cómo se desarrolla un procedimiento administrativo.
No son piezas aisladas. Forman un sistema. Y cuanto antes lo veas así, menos necesitarás memorizar a ciegas.
La LPAC es el marco común, no la única norma de todos los procedimientos
Aquí hay una simplificación que conviene evitar desde el principio: que exista un procedimiento administrativo común no significa que todos los procedimientos administrativos sean idénticos.
Hay materias con especialidades propias y procedimientos sometidos prioritariamente a su normativa específica. La propia Ley 39/2015 contempla esa posibilidad tanto en su artículo 1 como en su disposición adicional primera.
La LPAC me da el marco común. Después tengo que comprobar si la materia concreta introduce especialidades.
Este matiz te va a ahorrar bastantes confusiones cuando luego estudies contratación pública, subvenciones, Seguridad Social, extranjería, tráfico o cualquier otro procedimiento sectorial.
Estructura de la Ley 39/2015: aprende primero el mapa
Antes de aprender plazos o excepciones deberías poder responder a una pregunta bastante más simple: ¿dónde vive cada gran concepto dentro de la ley?
La LPAC tiene 133 artículos, distribuidos en un Título Preliminar y seis títulos numerados. Además, la estructura completa incluye 9 disposiciones adicionales, 5 transitorias, 1 derogatoria y 7 finales.
| Bloque | Artículos | Asociación mental |
|---|---|---|
| Título Preliminar | 1–2 | Qué regula y a quién se aplica |
| Título I | 3–12 | Quién interviene |
| Título II | 13–33 | Cómo se relaciona y actúa la Administración |
| Título III | 34–52 | Actos administrativos |
| Título IV | 53–105 | Procedimiento administrativo común |
| Título V | 106–126 | Revisión y recursos |
| Título VI | 127–133 | Iniciativa legislativa y potestad reglamentaria |
Si mañana te digo “representación”, deberías ir mentalmente al Título I. Si digo “cómputo de plazos”, Título II. “Nulidad”, Título III. “Audiencia”, Título IV. “Reposición”, Título V.
Cuando puedes hacer eso, cada nuevo dato deja de flotar por tu cabeza y empieza a tener un cajón.
¿Estás estudiando la LPAC? Guarda esto para cuando llegues a los recursos
Los 9 actos contra los que no cabe recurso, artículo a artículo y con texto literal. Además, los 3 que sí son recurribles aunque suelen confundirse con los anteriores.
Quiero el esquema LPAC gratis →Qué estudias en cada título de la LPAC
Título Preliminar: objeto y ámbito de aplicación
Los artículos 1 y 2 delimitan qué regula la ley y a quién se aplica. Presta especial atención al artículo 2 y a la diferencia entre sector público y Administraciones Públicas a los efectos de la propia ley. Son expresiones parecidas, pero no intercambiables sin más.
Título I: los interesados en el procedimiento
Los artículos 3 a 12 responden básicamente a tres preguntas: ¿puede actuar?, ¿tiene la condición de interesado?, ¿actúa personalmente o mediante representante? Después aparecen identificación, firma y apoderamientos.
Título II: actividad de las Administraciones Públicas
Aquí se concentran derechos de las personas, relación electrónica, registros, obligación de resolver, suspensión y ampliación del plazo máximo, silencio administrativo, documentos y cómputo de términos y plazos.
El artículo 14, por ejemplo, distingue entre las personas físicas que pueden elegir el medio de relación y determinados sujetos obligados a comunicarse electrónicamente. No memorices una regla infantil de “persona física = papel / persona jurídica = electrónico” y te quedes tan tranquilo, porque la ley tiene bastante más matiz.
Título III: los actos administrativos
Los artículos 34 a 52 regulan requisitos, motivación, forma, eficacia, ejecutividad, notificación, publicación y el régimen de invalidez.
Es el bloque donde empiezan a conectarse preguntas muy típicas: quién dicta el acto, cuándo produce efectos, cómo debe notificarse y qué ocurre si tiene un vicio.
Título IV: el procedimiento administrativo común
Es el corazón procedimental de la ley. Desde el artículo 53 al 105 puedes seguir una secuencia bastante lógica:
garantías → iniciación → ordenación → instrucción → finalización → tramitación simplificada → ejecución
No estudies esos capítulos como compartimentos estancos. Piensa en una línea temporal.
Título V: revisión de los actos en vía administrativa
Los artículos 106 a 126 regulan la revisión de oficio y los recursos administrativos. La pregunta mental aquí es sencilla: la Administración ya ha actuado; ¿cómo puede revisarse o impugnarse esa actuación en vía administrativa?
Título VI: iniciativa legislativa y potestad reglamentaria
Los artículos 127 a 133 cambian el foco y se ocupan de iniciativa legislativa, potestad reglamentaria, buena regulación, planificación y participación. Conviene estudiarlo como bloque propio y conectarlo con la diferencia entre reglamento y acto administrativo.
Cómo entender el procedimiento administrativo antes de memorizar artículos
Imagina que presentas una solicitud ante una Administración.
A partir de ahí aparecen preguntas jurídicas una detrás de otra: ¿eres interesado?, ¿puedes actuar mediante representante?, ¿dónde presentas la solicitud?, ¿estás obligado a relacionarte electrónicamente?, ¿hay algo que subsanar?, ¿cuánto tiempo tiene la Administración para resolver?, ¿qué ocurre si no lo hace?, ¿hay prueba?, ¿audiencia?, ¿cómo termina?, ¿cómo se notifica?, ¿qué recurso cabe?
Prácticamente acabamos de construir un recorrido por buena parte de la LPAC sin recitar el artículo 1, luego el 2, luego el 3 y así hasta morir de aburrimiento.
La Administración está obligada a resolver
El artículo 21 parte de una regla fundamental: la Administración está obligada a dictar resolución expresa y notificarla, con las excepciones previstas por el propio precepto.
El plazo máximo será el que establezca la norma reguladora del procedimiento. Como regla, no podrá exceder de seis meses salvo que una ley establezca uno mayor o así lo prevea el Derecho de la Unión Europea. Si la norma del procedimiento no fija plazo, entra el supletorio de tres meses.
Subsanación
El artículo 68 establece con carácter general diez días para subsanar una solicitud defectuosa. Además, salvo en procedimientos selectivos o de concurrencia competitiva, ese plazo puede ampliarse prudencialmente hasta cinco días cuando la aportación de documentos presente dificultades especiales.
Y ojo con el apartado 4: si alguien obligado a relacionarse electrónicamente presenta su solicitud presencialmente, tendrá que subsanarla electrónicamente y la fecha que contará como presentación será la de la subsanación.
Instrucción: prueba, informes y audiencia
Durante la instrucción aparecen alegaciones, prueba, informes, audiencia e información pública.
El período ordinario de prueba del artículo 77 es de entre diez y treinta días. El artículo 82 sitúa el trámite de audiencia, con carácter general, inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución y concede un plazo no inferior a diez ni superior a quince días para alegar y presentar documentos.
Cómo termina el procedimiento
El artículo 84 contempla resolución, desistimiento, renuncia al derecho cuando no esté prohibida y caducidad, además de la imposibilidad material de continuar por causas sobrevenidas. Pero no conviertas esa enumeración en una lista cerrada de “las únicas” formas: la propia ley regula también la terminación convencional en el artículo 86.
Tramitación simplificada
El artículo 96 regula una tramitación simplificada que, salvo que reste menos para la tramitación ordinaria, debe resolverse en treinta días desde el siguiente al que se notifique el acuerdo de tramitación simplificada.
Plazos de la Ley 39/2015 que conviene controlar
El problema de los plazos no suele ser que sean imposibles. Es que empiezan a aparecer diez días por todas partes y, si no los unes a una situación, tu cabeza termina almacenando una bonita colección de números sin apellido.
Yo los estudiaría siempre así: situación + plazo + artículo + consecuencia.
| Situación | Plazo | Artículo |
|---|---|---|
| Plazo máximo supletorio para resolver | 3 meses | 21.3 |
| Cursar la notificación desde que se dicta el acto | 10 días | 40.2 |
| Rechazo de notificación electrónica sin acceder | 10 días naturales | 43.2 |
| Subsanar una solicitud | 10 días | 68.1 |
| Cumplimentar trámites | 10 días, salvo otro plazo | 73.1 |
| Período ordinario de prueba | 10–30 días | 77.2 |
| Trámite de audiencia | 10–15 días | 82.2 |
| Tramitación simplificada | 30 días | 96.6 |
| Alzada contra acto expreso | 1 mes | 122 |
| Resolver alzada | 3 meses | 122 |
| Reposición contra acto expreso | 1 mes | 124 |
| Resolver reposición | 1 mes | 124 |
| Extraordinario de revisión por error de hecho | 4 años | 125 |
| Extraordinario de revisión: otras causas | 3 meses | 125 |
Para el cómputo general, el artículo 30 parte de que cuando el plazo se expresa en días se entienden días hábiles, salvo que una ley o el Derecho de la Unión Europea indiquen otra cosa. Se excluyen sábados, domingos y festivos. Cuando sean días naturales debe indicarse expresamente.
No confundas los 10 días para cursar una notificación del artículo 40.2 con los 10 días naturales sin acceder a una notificación electrónica del artículo 43.2. Mismo número. Regla distinta.
Silencio administrativo: entiende primero cómo empezó el procedimiento
El silencio administrativo se vuelve bastante más sencillo cuando dejas de empezar por “positivo o negativo”.
Antes de eso pregunta: ¿el procedimiento se inició a solicitud del interesado o de oficio?
Procedimientos iniciados a solicitud
El artículo 24 establece como regla general la estimación por silencio cuando vence el plazo máximo sin resolución expresa notificada, salvo las excepciones legales.
Hay además una diferencia que no conviene borrar: la estimación por silencio tiene consideración de acto administrativo finalizador del procedimiento; la desestimación por silencio produce el efecto de permitir la interposición del recurso que proceda.
Procedimientos iniciados de oficio
El artículo 25 distingue según el tipo de procedimiento. En los que puedan generar derechos o situaciones favorables, los interesados comparecidos pueden entender desestimadas sus pretensiones. En los sancionadores o de intervención susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen, el vencimiento puede producir la caducidad en los términos legales.
Si quieres bajar a todas las excepciones y efectos, tienes la guía específica de silencio administrativo en la Ley 39/2015. Esta guía te da el mapa general; en la guía específica tienes el desarrollo completo del problema.
Recursos administrativos: empieza por saber si el acto pone fin a la vía administrativa
Memorizar “alzada, reposición y extraordinario de revisión” como tres nombres seguidos sirve de poco si no sabes qué acto tienes delante.
Recurso de alzada
Procede frente a resoluciones y actos recurribles que no ponen fin a la vía administrativa. Se resuelve por el superior jerárquico del órgano que dictó el acto.
Si el acto es expreso, el plazo de interposición es de un mes. Si no es expreso, puede interponerse en cualquier momento desde el día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio. El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses.
Recurso potestativo de reposición
Se dirige contra actos que ponen fin a la vía administrativa y se interpone potestativamente ante el mismo órgano que los dictó. Frente al acto expreso hay un mes; frente al no expreso puede presentarse en cualquier momento desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto. El plazo máximo para resolver es de un mes.
Recurso extraordinario de revisión
Procede contra actos firmes en vía administrativa cuando concurre alguna de las causas tasadas del artículo 125. Para el error de hecho, el plazo es de cuatro años; para las restantes causas, tres meses. El artículo 126 fija tres meses para resolver.
| Recurso | Acto | Órgano | Acto expreso | No expreso | Resolver |
|---|---|---|---|---|---|
| Alzada | No pone fin a vía | Superior jerárquico | 1 mes | En cualquier momento | 3 meses |
| Reposición | Pone fin a vía | Mismo órgano | 1 mes | En cualquier momento | 1 mes |
| Extraordinario | Firme + causa tasada | Órgano que lo dictó | 4 años / 3 meses | — | 3 meses |
Qué artículos y bloques de la LPAC deberías priorizar
No soy demasiado partidario de empezar una oposición buscando qué puedes dejar de estudiar. Si la ley entra en tu programa, la ley entra.
Ahora bien, otra cosa muy distinta es estudiar sin priorización alguna. Y ahí sí tenemos datos.
En El Precedente Administrativo ya hay un análisis específico de los artículos de la LPAC que más caen en oposiciones, elaborado a partir de convocatorias reales. Ese análisis te sirve para priorizar con datos de exámenes reales; esta guía, en cambio, está pensada para que entiendas la ley completa y sepas cómo se organiza.
Si quieres saber qué artículos merece la pena vigilar especialmente
He analizado más de 25 exámenes reales y más de 2.600 preguntas de LPAC, mapeadas artículo por artículo, para ver cuáles aparecen más y qué trampas se repiten.
Ver los artículos de la LPAC que más caen →Como bloques de estudio, yo prestaría especial atención a interesados y representación, relación electrónica, obligación de resolver y silencio, cómputo de plazos, actos y notificaciones, nulidad y anulabilidad, fases del procedimiento, revisión de oficio y recursos.
Y en materias donde ya tienes una explicación específica, lo lógico es profundizar allí. Por ejemplo, la diferencia entre nulidad de pleno derecho y anulabilidad merece mucho más que tres párrafos metidos a presión dentro de una guía general.

Si la LPAC está en tu oposición, no necesitas estudiarla en cinco sitios distintos
El Manual LPAC reúne los 133 artículos de la Ley 39/2015, comentados artículo a artículo y esquematizados, con los procedimientos, plazos y conceptos clave ordenados para estudiar y repasar sin saltar entre BOE, apuntes y explicaciones distintas.
- Ley completa comentada y esquematizada.
- Dossier EP con los artículos más frecuentes y las trampas que se repiten en preguntas oficiales.
- PDF imprimible, descarga inmediata y actualizaciones incluidas.
Cómo estudiar la Ley 39/2015 para una oposición
Mi consejo general es muy sencillo: no memorices la ley antes de entenderla, pero tampoco uses “entenderla” como excusa para no bajar luego al texto.
- Aprende primero el mapaDebes poder reproducir la secuencia general: interesados → actividad → actos → procedimiento → revisión → potestad normativa.
- Estudia por relaciones, no solo por numeraciónSilencio a solicitud frente a silencio de oficio. Nulidad frente a anulabilidad. Alzada frente a reposición. Días hábiles frente a naturales. Lo parecido se aprende mejor comparándolo.
- Baja después al tenor literalBusca enumeraciones, excepciones, “salvo”, “en todo caso”, plazos, órganos y consecuencias. En tipo test, una palabra cambiada puede ser toda la pregunta.
- Haz test desde el principioNo esperes a “saber toda la ley”. Termina un bloque, haz preguntas y analiza por qué fallas.
- Crea un registro de erroresTu mejor resumen final no será necesariamente el que más páginas tenga. Será el que recoja exactamente las cosas que tú tiendes a confundir.
- Repasa recuperando, no solo releyendoCierra el material e intenta explicar la regla. Si únicamente reconoces la respuesta cuando la ves, todavía no está consolidada.
Comprender te da el mapa. La literalidad te da precisión. Los test te dicen si de verdad sabes recuperar la regla cuando toca.
Errores frecuentes al estudiar la LPAC
Memorizar antes de orientarte. Acumulas reglas sin saber dónde encajan y a la tercera vuelta todo empieza a mezclarse.
Aprender plazos como números sueltos. “Diez días” no significa nada si no sabes diez días para qué.
Estudiar por separado conceptos que el examen te va a enfrentar. Si confundes alzada y reposición, estúdialas una al lado de la otra.
Sustituir la ley por un resumen. El esquema sirve para ordenar y repasar. No elimina la necesidad de conocer cómo está redactada la norma.
Confundir familiaridad con dominio. “Esto me suena” son cuatro palabras que han costado una cantidad obscena de puntos en exámenes tipo test.
Ley 39/2015 y Ley 40/2015: la diferencia que debes tener clara
Como primera brújula, puedes quedarte con esto:
Ley 39/2015 → procedimiento administrativo.
Ley 40/2015 → régimen jurídico del sector público.
Es una simplificación útil para orientarte, no una frontera perfecta. La exposición de motivos de la LPAC explica la reforma de 2015 alrededor de dos ejes, las relaciones ad extra y ad intra, articulados mediante la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015.
Si quieres entender dónde encaja cada una dentro de la materia completa, vuelve a la guía de Derecho Administrativo para oposiciones. Ahí tienes la visión general del Derecho Administrativo y cómo encaja la LPAC con la Ley 40/2015 y el resto de normas que forman parte de la materia.
Por dónde seguir para dominar la LPAC
Esta guía está pensada para darte una visión completa de la Ley 39/2015 sin convertir cada apartado en un tratado. Cuando una materia necesita más detalle, encontrarás enlazada una guía específica para profundizar justo en ese punto.
Recursos administrativos · cómputo de plazos · notificaciones electrónicas. Cuando estén publicadas, las encontrarás enlazadas desde esta misma guía para que puedas seguir profundizando sin saltar de un sitio a otro.
Preguntas frecuentes sobre la Ley 39/2015
¿Qué significa LPAC?
Es la abreviatura habitual de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También puedes encontrar las siglas LPACAP.
¿Cuántos artículos tiene la Ley 39/2015?
Tiene 133 artículos, distribuidos en un Título Preliminar y seis títulos numerados. Además incluye nueve disposiciones adicionales, cinco transitorias, una derogatoria y siete finales.
¿Qué regula la Ley 39/2015?
Regula, entre otras materias, la validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común y principios relativos a la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria.
¿Qué partes de la LPAC son más importantes para una oposición?
Depende de la convocatoria. Para priorizar, tiene sentido prestar especial atención a plazos, notificaciones, silencio, invalidez, procedimiento, revisión y recursos, pero sin convertir esa priorización en una excusa para excluir el resto de la ley si forma parte del programa.
¿Cómo estudiar la Ley 39/2015?
Primero entiende la arquitectura general, después estudia por bloques relacionados, baja al tenor literal, practica con test desde el principio y registra tus errores. Comprensión y literalidad no compiten: se necesitan.
¿Qué diferencia hay entre la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015?
Como orientación inicial, la Ley 39/2015 se centra en el procedimiento administrativo común y la Ley 40/2015 en el régimen jurídico del sector público. Es una regla útil para situarte, aunque después hay que estudiar el contenido concreto de cada norma.
¿Los plazos de la LPAC son siempre días hábiles?
No. Como regla general, cuando un plazo se expresa en días se entiende referido a días hábiles, salvo que una ley o el Derecho de la Unión Europea dispongan otra cosa. Si son días naturales, debe indicarse expresamente.
¿Dónde consultar la Ley 39/2015 actualizada?
La referencia debe ser el BOE. El texto consolidado disponible actualmente muestra como última actualización publicada la de 6 de noviembre de 2024.
La LPAC empieza a ser mucho más sencilla cuando dejas de verla como 133 problemas distintos
Hay un interesado. Hay una Administración. Hay un procedimiento. Se inicia, se tramita y termina. La Administración dicta actos, debe respetar plazos, tiene que notificar y, cuando corresponde, sus decisiones pueden revisarse o recurrirse.
Ese es el esqueleto.
Después vienen los artículos, las excepciones, los plazos y esa maravillosa costumbre de los tribunales de cambiar una palabra para ver si estabas realmente atento.
Pero ya sabes dónde estás. Y cuando sabes dónde estás, memorizar deja de ser el principio del aprendizaje y se convierte en la última capa.
Referencia normativa principal: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Texto consolidado del BOE consultado en septiembre de 2026; última actualización publicada el 6 de noviembre de 2024.